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Asistencia Religiosa en Centros Penitenciarios y Hospitalarios

El artículo 9 del Acuerdo de Cooperación del Estado español con la Comisión Islámica de España garantiza el derecho a la asistencia religiosa en centros públicos, como son los centros penitenciarios, los centros hospitalarios, y otros que sean de análoga naturaleza.

La Comisión Islámica de España, tiene firmado un convenio a nivel estatal con la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, así como un convenio autonómico con el Departamento de Justicia de Euskadi, para garantizar la atención a internos en centros penitenciarios, por parte de imames designados por la Comisión Islámica de España; también tiene firmado un convenio estatal con el Ministerio del Interior para la asistencia religiosa en centros de internamiento de extranjeros.

En la Comunidad de Madrid, existe un convenio entre la Consejería de Sanidad y la Comisión Islámica de España, para que los pacientes musulmanes ingresados en los hospitales madrileños puedan recibir asistencia religiosa islámica.

La Comisión Islámica de España tiene firmado un convenio con la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia para la asistencia en centros de reeducación de menores, que tienen carácter autonómico.

También se reconoce el derecho de los militares españoles musulmanes, y de los musulmanes que prestan servicio en las Fuerzas Armadas, a recibir asistencia religiosa islámica, y a participar en actividades, y ritos religiosos propios del Islam.

Desde la Comisión Islámica de España, ponemos a disposición de los fieles musulmanes una comisión técnica de asistencia religiosa, para informar y asesorar a los interesados, y para hacer seguimiento del grado de cumplimiento de este derecho que tenemos reconocido.

Información para beneficiarios

En los centros penitenciarios, son los propios internos los que deben presentar su solicitud a la Dirección de la institución penitenciaria. Una vez que se apruebe la asistencia religiosa, la Comisión Islámica designará a los imames correspondientes.

La Comisión Islámica cuenta con una comisión técnica de asistencia religiosa que vela por garantizar el acceso a este derecho de los fieles musulmanes que lo solicitan.

Para más información, o si tienes alguna duda al respecto puedes contactar con los responsables de la comisión técnica de asistencia religiosa en el siguiente correo electrónico:

ct.asistencia@comisionislamica.org

Información para imames

La asistencia religiosa se proporciona por imames que cuentan con la conformidad de la Comisión Islámica de España, y que son autorizados por la autoridad competente.

Si eres un imam con titulación, estás cualificado, y tienes experiencia en atender a personas que se encuentran en una situación complicada, y además tienes referencias de la comunidad islámica en la que sirves, puedes acceder a la bolsa de trabajo de la Comisión Islámica de España. Además, si cumples todos los requisitos, puedes mandarnos tu curriculum vitae para incluirlo en nuestra base de datos para ser tenidos en cuenta en futuras ofertas de empleo, o para la realización de cursos formativos dirigidos a imames.

La Comisión Islámica cuenta con una comisión técnica de asistencia religiosa que coordina el trabajo con los imames. Para más información, o si tienes alguna duda al respecto, puedes contactar con los responsables de la comisión técnica de asistencia religiosa en el siguiente correo electrónico:

ct.asistencia@comisionislamica.org